El foliado consiste en la certificación oficial, por parte de la Autoridad Aeronáutica, de la actividad de vuelo declarada por pilotos y tripulantes de cabina en sus respectivos libros. Esta certificación, que hasta el momento debía realizarse de manera presencial y obligatoria, pasará a realizarse de forma completamente digital, a través del Casillero Aeronáutico Digital (CAD). De este modo, pilotos y tripulantes, que lo requieran voluntariamente conforme sus intereses personales, podrán gestionar el registro de su actividad sin necesidad de trasladarse físicamente a ninguna dependencia de la ANAC, lo que representa una mejora sustancial en términos de accesibilidad, eficiencia y reducción de cargas operativas.
El nuevo Sistema de Registro Electrónico de Horas de Vuelo fue diseñado por los equipos técnicos de la ANAC para asegurar una gestión moderna y trazable de la información aeronáutica. Los documentos generados a través del CAD tendrán validez legal en calidad de declaración jurada y podrán ser presentados ante cualquier autoridad competente, tanto para procesos de evaluación y habilitación como en gestiones previsionales ante organismos como ANSES.
Esta iniciativa, impulsada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, en conjunto con la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, responde a la necesidad de actualizar y fortalecer los mecanismos vinculados a la gestión de la actividad de vuelo, en consonancia con los avances tecnológicos y los estándares internacionales. La incorporación de un sistema digital permite dotar a la ANAC de un soporte informático más eficiente y transparente, que optimiza los tiempos de respuesta, reduce costos operativos y habilita instancias de mejora continua en la prestación de servicios a la comunidad aeronáutica. Al mismo tiempo, representa otro paso firme en la modernización normativa del sistema aeronáutico nacional, consolidando un entorno de gestión más ágil, dinámico y seguro.
La implementación de esta reforma estructural se realizará de forma escalonada. A partir del 1.º de septiembre de 2025, el nuevo procedimiento será de aplicación obligatoria para pilotos y tripulantes que se desempeñen en empresas certificadas bajo RAAC Parte 121 (Transporte Aéreo Regular) y RAAC Parte 135 (Transporte Aéreo No Regular). Posteriormente, a partir del 1.º de noviembre de 2025, alcanzará a quienes operan bajo RAAC Parte 91, lo cual comprende a operadores privados no comerciales, Empresas de Trabajo Aéreo y a los Centros de Instrucción de Aeronáutica Civil (CIAC).
A su vez, con el fin de garantizar una transición ordenada, se mantendrá vigente hasta el 1 de enero de 2026 la aplicación de la Resolución ANAC N.º 147/2013 en lo relativo al Anexo II, exclusivamente para la anotación, certificación y foliado en soporte papel, que podrá ser presentado posteriormente en el CAD. Este plazo permitirá a los usuarios regularizar su situación conforme al nuevo esquema digital, asegurando una implementación progresiva y eficaz.
La digitalización del foliado representa una transformación estructural de alcance federal, que garantiza los estándares de seguridad operacional y responde a las necesidades actuales del sector. Su implementación permitirá optimizar la gestión, facilitar el acceso desde todo el país y consolidar un modelo de administración aeronáutica moderno, competitivo y alineado con las mejores prácticas internacionales. Asimismo, se terminan historiales de aeronaves apócrifos e históricos focos de posible corrupción. Mayor libertad para la comunidad aeronáutica y más seguridad operacional.
Portal de América - Fuente: Secretaría de Transporte Argentina