Acusan a la ANAC de Brasil por violar las reglas de seguridad en el examen de los nuevos pilotos
Lunes, 10 Febrero 2014

Acusan a la ANAC de Brasil  por violar las reglas de seguridad en el examen de los nuevos pilotos
Los fiscales federales abrieron una demanda contra la Agencia Nacional de Aviación Civil (ANAC). Acusan a la agencia de violar las normas de seguridad en la concesión de licencias para los nuevos pilotos que operan vuelos comerciales en el país. Según la denuncia, los evaluadores para aplicar las pruebas no siempre tienen el dominio teórico y práctico del tipo de avión que se está volando. En español claro: "No están habilitados para" ejercer la función.
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por Josias de Souza

Ailton Benedito de Souza es el fiscal de la república que interpuso la acción. De fecha 29 de enero, la petición fue presentada el jueves (6) en el 2 º Juzgado Federal de Goiânia. El interés de la fiscalía en el tema fue provocado por una revelación del periodista Tahiane Stochero. La misma se adjunta a este proceso, y la noticia es del 10 diciembre de 2012. Cuenta que un inspector de la ANAC habilitado para operar aviones Boeing, fue destacado por la agencia para evaluar dos nuevos pilotos de Airbus A-320 de la empresa Avianca.

La evaluación de los pilotos se produciría en el centro de formación de Airbus en Miami, en los Estados Unidos. El inspector indicado por la ANAC se negó a realizar el servicio. Afirmó que la práctica de convocar a profesionales sin los conocimientos técnicos necesarios para operar ciertos equipos pone en peligro la aviación. En nombre de la seguridad, prefirió rehusar el trabajo.

Frente a la noticia, el fiscal Ailton de Souza abrió una investigación. Remitió a la ANAC una petición de explicaciones. En el texto, el abogado preguntó si era cierto que la agencia destacó examinadores para evaluar pilotos en aviones sobre los que no tienen dominio teórico y práctico. En su respuesta (carta 98/2013/DIR-P), la ANAC admitido la práctica. Alegó que el procedimiento no trae riesgos para la seguridad de la aviación. E informó  que no cuenta con personal con los conocimientos correspondientes a todas las aeronaves que operan con licencia en el Brasil.

A pesar de las pruebas en contrario, la ANAC indicó en la respuesta a la fiscalía que todos sus reglamentos siguen las normas establecidas por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). En el desempeño de sus funciones, el fiscal Ailton de Souza investigó. Se encontró evidencia de que las alegaciones de la ANAC hacen no son ciertas

La OACI recomienda que la evaluación de los pilotos sea hecha por examinadores cualificados. Deben tener las calificaciones técnicas, al menos, iguales a los pilotos que evaluarán. Por lo tanto, concluyó el fiscal, es necesario que "los inspectores y examinadores tengan el dominio teórico y práctico sobre el tipo de aeronave" que será pilotada.

El doctor Ailton de Souza también se apoyó en las "recomendaciones de seguridad de vuelo", publicadas por el Centro de Investigación y Prevención de Accidentes Aeronáuticos (Cenipa). Encontrado dos documentos que contradicen el lero-lero de la ANAC. Ambos fueron redactados en 2005.

En uno,  el Cenipa prohibió los vuelos de evaluación de pericia de nuevos pilotos realizados por inspectores de aviación civil que no están habilitados para el equipo a ser comprobado  y que no hayan participado en cursos de actualización. En otro, determinó que la ANAC  llevara a cabo un programa de formación para los inspectores en los diferentes aviones, con el fin de contar con personal cualificado para la realización segura de la evaluación de los vuelos.

La ANAC opera dos categorías de evaluadores de pilotos: hay inspectores de aviación civil 'inspacs' y 'evaluadores registrados'. Los 'inspacs' son servidores públicos -71 civiles y 56 soldados, asignados por la Fuerza Aérea. El 'registrado' son civiles matriculadas en la ANAC por las propias compañías aéreas, cuya área de especialización es más limitada. Evaluan, por ejemplo, los pilotos de taxi aéreo.

Armado con la información recogida durante la investigación, el fiscal Ailton de Souza  concluyó: el requisito de experiencia técnica indiscutible de los evaluadores sobre el tipo de aeronave que está siendo volado por los nuevos pilotos está presente tanto en las normas internacionales de aviación como las recomendaciones de seguridad emitidas por el organismo que supervisa la seguridad de los vuelos en Brasil. En palabras del fiscal: son necesarias "para evitar la pérdida de vidas y materiales derivadas de los accidentes de aviación."

El fiscal señaló lo obvio en una sección de la acción: "... debe haber una correlación entre el objeto del examen y de las cualificaciones y competencias de los examinados y examinadores. En otras palabras, los examinadores también deben ellos mismos tener  dominio teórico y práctico para el pilotaje de la aeronave en examen. Por lo tanto, es incomprensible que un examinador que no tiene dominio, por ejemplo, en un Airbus, sea admitido por la ANAC para llevar a cabo la verificación de competencia de un piloto en ese tipo de aeronave, con el argumento de que tiene experiencia en Boeing ".

Por lo tanto, Ailton de Souza señaló en la acción presentada ante la Corte Federal: "... confesamente la ANAC admite su omisión ilegal para cumplir con las recomendaciones antes mencionadas de seguridad de vuelo editadas por Cenipa, contribuyendo así a la exposición al riesgo de las vidas y bienes materiales involucrados, y los usuarios de los servicios de aviación ".

Para el abogado, es inaceptable afirmar que la ANAC no tiene personal con calificaciones específicas para cada tipo de aeronave. Sobre todo porque las recomendaciones de Cenipa para que dichas deficiencias fuesen corrigidas se dictaron en 2005. Ya van nueve años. El abogado explicó que antes de concurrir a la Judicatura, presentó una recomendación a la ANAC. Ocurrió el 27 de agosto de 2003.

En este documento, Ailton de Souza informó a la agencia de la aplicación inmediata de las órdenes de Cenipa. Incluida la prohibición de la evaluación llevada a cabo por los inspectores de los vuelos que no están calificado para operar la aeronave a comprobar, y la apertura del proceso de formación de evaluadores.

Como la recomendación de la Fiscalía fue ignorada por la ANAC, el abogado llegó a la conclusión de que hay "una omisión ilícita" que conduce a "la colusión de esa autoridad con los accidentes de aeronaves, que ponen en peligro no sólo la seguridad de la aviación, pero sobre todo las vidas y los bienes de los usuarios de los servicios aéreos y profesionales ".

El fiscal tradujo los riesgos en números: "El informe de accidentes de aviación civil, dirigido por el Centro de Investigación y Prevención de Accidentes Aeronáuticos (Cenipa), demuestra la gravedad de la situación en Brasil. Hasta el año 2012, hubo 1.026 accidentes de aviación con la pérdida de 299 aviones y 983 muertes en 250 accidentes mortales. En 2013, hubo 19 accidentes mortales en el país, hasta julio, con la muerte de 42 personas. "

Incluidos los accidentes que no resultaron en la muerte, "el Cenipa registró al 31 de julio 2013, 103 accidentes en la aviación civil en el país, siendo que en el 35% de estos sucesos ha habido violaciónes de las leyes y normas de la aviación, y en el 90 % de los accidentes, el "factor humano" está presente ".

Ante esta situación, sólo quedaba el recurso fiscal al Poder Judicial. En su demanda, solicita al tribunal para obligar al cumplimiento de la ANAC con las leyes y órdenes que emanan de las resoluciones de seguridad de la Cenipa. Debido a los riesgos que la omisión acarrea, se le pidió emitir una medida cautelar (resolución provisional) para la determinación de la prohibición inmediata de las pruebas de piloto llevadas a cabo por inspectores sin la capacitación debida,  y la realización de un programa de formación para los inspectores necesarios.

Por otra parte, el fiscal solicitó que: la decisión judicial tenga validez en todo el territorio nacional, la ANAC de publicidad de la providencia en el sitio que mantiene el Internet, y se estipula una multa diaria de R$ 100 mil en caso de incumplimiento de las órdenes de la corte. La ANAC no quiso hacer comentarios sobre la acción. Afirmó que aún no se han notificado.

Portal de América - Traducción Eliseo Sequeira,  Fuente: josiasdesouza.blogosfera.uol.com.br

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