Aviación en Europa: donde el viajero se indemniza él mismo
La compañía holandesa KLM llevó a los tribunales su obligación de indemnizar a los viajeros cuando un vuelo se tiene que suspender por razones ajenas a la aerolínea. Entiende KLM, como probablemente cualquier otra compañía aérea, como seguramente cualquier persona con sentido común, que no es lógico que ella tenga que indemnizar al viajero también en los supuestos en los que el vuelo se cancele por razones ajenas a ella o a su operación.
avion despegueLa hipótesis que ha llevado a KLM a presentar este recurso no es excepcional, sino bastante frecuente. Es el caso de la suspensión de vuelos debido a la nube de cenizas causada por un volcán, una huelga en el control aéreo de un país, el cierre del espacio aéreo de una región por cualquier razón de fuerza mayor o, incluso, la paralización de un aeropuerto por cualquiera de las muchas circunstancias que pueden fallar por accidente, causas naturales o, a veces, imprevisión o incompetencia.
Así pues, ahora ya con la confirmación de los tribunales europeos, en estos supuestos totalmente ajenos, las aerolíneas tienen que afrontar las indemnizaciones previstas en la legislación. KLM y todas las demás compañías aéreas, pues, deben asumir este coste adicional.
¿Qué consecuencias y qué significado tiene esta decisión, esta postura, que simplemente ratifica la regulación legal que ya había hecho la Unión Europea?
Lo más llamativo de esta situación es un tema de principios: no es razonable ni aceptable que quien no ha cometido un fallo deba indemnizar a sus clientes. ¿Por qué existen las indemnizaciones? Básicamente para con ellas desestimular o penalizar una determinada conducta. Si una compañía suspende un vuelo porque un piloto no está disponible, la penalización significará que esa aerolínea tendrá un incentivo económico para evitar que esto pueda volver a suceder, al punto de que si ese coste se repitiera, podría interesarle tener contratado a un segundo piloto para cubrir este problema recurrente. Es decir que la indemnización tiene un objetivo corrector de la conducta que la causa.
Pero esta regulación crea un problema diferente, porque por mucho que la compañía nos indemnice por una huelga de controladores, esto no alterará el conflicto, dado que los controladores no están vinculados a las compañías sino a las autoridades correspondientes, con las que tienen la relación laboral y con quienes tienen el conflicto que les ha llevado a la huelga. Por lo tanto, es una indemnización útil para el viajero, pero que no cumple su función principal, su razón de ser.
Consecuencia lógica de esta regulación es que las situaciones y los conflictos que causan cancelaciones de vuelos no tenderán a reducirse por las indemnizaciones, dado que los agentes que las provocan (sean sindicatos que hacen peticiones exageradas, sean entes gestores que no ofrecen condiciones laborales aceptables, sean ineficiencias en el servicio) no sufrirán el coste derivado y, por lo tanto, esto les será indiferente.
El tema, en definitiva, tiene una vertiente económica que es la que lo convierte en relevante. Cada viajero al que no se le deja volar, supone dinero. Un dinero perfectamente cuantificable. Unas cantidades que haciendo proyecciones y estimaciones pueden determinarse con exactitud, como hacen las compañías de seguros con los siniestros de cualquier clase. Esto se traduce al final en un coste anual, mensual e, incluso, en un coste atribuible a cada pasajero. Al final, esta decisión de los tribunales se va a traducir en un incremento del precio de los billetes aéreos de algunos euros, con la finalidad de pagar estos costes adicionales, pero siempre sin que el responsable –por acción o por omisión– se vea afectado. Un coste que es hacer que sea el pasajero el que al final pague por un caos en la organización de un aeropuerto, por una avería en radares, por un fallo de coordinación entre diversos operadores del espacio aéreo. O sea, la víctima pagando la culpa del que se equivoca. Insólito. Porque eso es lo que significa que todos los vuelos que vayamos a tomar en Europa vayan a ser ligeramente más caros para financiar el coste adicional que supone para las compañías afrontar este tipo de incidencias, sin que ello conduzca a una mejora de la operación.
Como la competencia comercial, especialmente en precio, es intensa, probablemente esto lleve también a que muchas aerolíneas repitan las conductas habituales de ignorar la legislación, torear al usuario, marear hasta el límite. El conocido juego del ‘gato y ratón’ entre la compañía y usted, a ver quién se agota antes: primero no le contestan, después le remiten a otras instancias, siempre se retrasa todo, nunca hay respuestas, incluso puede que usted acuda a un organismo público -le adelanto que no sirven para nada, más que para marearle-, hasta que un día, tras mucho insistir, concluya que ya no tiene más tiempo que perder en estas gestiones.
Así es como funcionan las compañías low cost, incluso las más serias. Y también algunas no tan low cost, que probablemente cada día vayan a ser más. Pura picaresca. Pero una picaresca que si bien es ilegal, es comprensible. ¿Cómo se puede exigir a una aerolínea que tiene sus costes totalmente ajustados, que indemnice a cientos y cientos de pasajeros que se quedan en tierra por razones ajenas a la propia compañía?
Los legisladores europeos deberían reflexionar seriamente sobre esta postura demagógica, carente de sentido. Los pasajeros que deban ser indemnizados cuando hay una cancelación de vuelo –lo cual es lógico y deseable–, han de ser compensados por quienes han roto la cadena de servicio, por quienes no han cumplido con su servicio, sea la razón que sea. Da igual que sea la aerolínea la que pague, por aquello de no complicar la interlocución con el viajero, pero debería poder pasarle la factura de ese gasto al correspondiente responsable del fallo en el servicio, de quien no ha cumplido con su papel.
Esta es la única forma de darle sentido a las indemnizaciones, de mantener los precios de los vuelos en sus niveles razonables y, sobre todo, de estimular a quienes no cumplen con sus obligaciones, a hacerlo en tiempo y en forma.
Portal de América
Indemnizaciones en Europa: entre la legalidad y el sin sentido
Domingo, 20 Septiembre 2015
Es común escuchar que hay vuelos cancelados por diferentes problemas: técnicos, ambientales y aún gremiales. Ello afecta tanto a las compañías aéreas como a los parajeros. Pero recientemente los tribunales europeos han ratificado que las compañías aéreas son las que han de compensar económicamente a los pasajeros, incluso cuando las cancelaciones no sean de su responsabilidad. Es legal, pero ¿tiene sentido? La opinión de Javier Mato en preferente.com aborda el tema.

