Empresarios turísticos podrán ir presos si engañan a sus clientes, titula El Observador
Martes, 16 Abril 2013

Empresarios turísticos podrán ir presos si engañan a sus clientes, titula El Observador
Tal como una vez más lo documentamos, en nuestros artículos del 10 y del 13 de enero pasados, el primero luego de entrevistar en solitario al Doctor Julio Facal y el segundo artículo, que trae adjunto el audio del programa en el que sumamos además al Diputado Horacio Yanes quien nos acompañó en estudios y a Miguel Ángel Acerenza desde México vía telefónica, advertimos que el proyecto de ley de turismo presentado al Parlamento, distaba bastante de lo que el sector privado pretendía, a pesar de un consenso inicial conseguido, tenía  una serie de aspectos desacertados, errores de definición y algunos puntos que podían agravar la situación del operador, en materia de responsabilidad y dentro del marco sancionatorio.
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No solo la definición de prestador, es desajustada  en cuanto a su concepto (escuchar atentamente lo que dice el Doctor Facal)  sino que el régimen sancionatorio es bastante más severo para el operador, quién por otra parte ve consagradas sus obligaciones pero no sus derechos al igual que el turista según el proyecto consensuado, tiene derechos pero no figuran sus obligaciones.

El sector privado había propuesto centros de mediación turistica en destino, que según el Doctor Facal es un paso anterior a la conciliación; la idea es evitar el conflicto, y mediar lo que implica descubrir la verdadera intención de las partes, previo a cualquier litigio.

Ahora, los colegas del matutino El Observador, como le podría pasar a cualquier hijo de vecino, al leer el proyecto de ley, no interpretaron que el texto presentado es una ley de turismo nueva, sino que entendieron que es un proyecto sancionatorio lisa y llanamente.

No se puede tapar el sol con las manos ni ser más realistas que el rey pero, a la vista están los resultados, esto es lo que se interpreta y esto es lo que va a pasar si el empresariado no toma real conciencia de lo que implica el texto presentado por el Ministerio de Turismo.

Compartimos a continuación el texto completo de la nota de El Observador y al final, los enlaces a nuestros dos artículos mencionados, el segundo, con el audio completo de la mesa redonda del 13 de enero.

"El Poder Ejecutivo impulsa un proyecto de Ley para sancionar a los operadores turísticos que brinden servicios en malas condiciones y a las empresas que incumplan con los usuarios sobre lo prometido al momento de contratar un producto. Quien estafe o engañe a un cliente podrá recibir una pena que va de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaria. Además, la normativa incluye advertencias, clausuras parciales, multas de hasta 100 mil unidades indexadas ($ 258.870 al valor de hoy) y la clausura tanto del establecimiento como de sus sucursales.  

El proyecto de ley aprobado por el presidente José Mujica también establece que la firma que comercialice un paquete turístico es “responsable” por el “incumplimiento de cualquiera de los servicios que lo integra, sin perjuicio de su acción de repetición”, señala el documento al que accedió El Observador.

En tanto, los inspectores de locales podrán realizar operativos con apoyo de la Policía si el funcionario de contralor lo entiende conveniente.

La escala de sanciones para los empresarios infractores es gradual: hay advertencias simples, amonestaciones con inscripción en el legajo, multas de hasta 50 mil UI y de 100 mil UI en caso de reincidencia, la clausura del establecimiento, sus sucursales y dependencias y la prohibición absoluta de brindas servicios vinculados al turismo por un lapso que no supere el máximo de cinco años. Las dos últimas sanciones solo podrán ser impuestas por un juez.

Este verano uno de los departamentos donde hubo más problemas fue en Rocha. La mitad de los hostels de ese departamento no tenían habilitación municipal. Las quejas de los usuarios eran frecuentes. Algunos operadores alojaban a los turistas en carpas. Pero como los inspectores municipales no daban abasto no pasó nada.

El literal tercero del artículo 37 de la normativa advierte que “la inhabilitación especial para desarrollar actividades similares o vinculadas al turismo deberá ser dispuesta por el juez competente en todos los casos que exista condena por conductas descriptas en el artículo 347 del Código Penal (CP) que sean imputadas a personas en ocasión del desarrollo de actividades reguladas por la ley”.

Ese artículo del CP, que hace referencia al delito de estafa, establece una pena de seis meses de prisión a cuatro años de penitenciaría para quien “con engaños artificiosos indujere a error a alguna persona, para procurarse a sí mismo o a un tercero, un provecho injusto, en daño de otro”.

Defensa del turista

Según la normativa, los prestadores de distintos servicios turísticos deberán cumplir con parámetros de calidad determinados por estándares internacionales de entidades especializadas. Con ese fin será creado un Registro de Prestadores de Servicios Turísticos que funcionará en la órbita del Ministerio de Turismo.

Además, el texto crea un organismo donde los usuarios podrán reclamar por fallas en el servicio. En caso de que el organismo dé la razón al cliente, las empresas deberán resarcir al perjudicado. Los Centros de Conciliación Turística “tendrán como cometido tentar la conciliación entre las partes en aquellos reclamos, quejas y planteos entre turistas y prestadores de servicios”, según consigna la normativa.

En tanto, las empresas también deberán “contratar y mantenerse al día con los seguros que requieran la prestación y servicios que ofrecen” ".



Ley de turismo. Un tema demasiado importante como para soslayarlo y por eso, habrá mesa ¿redonda?
del jueves 10 de enero de 2013

Ley de turismo: la pelota está en la cancha del Parlamento. Audio completo de la charla con Acerenza, Facal y Yanes del 13 de enero de 2013

Portal de América

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