por Luis Alejandro Rizzi, desde Buenos Aires
Según diversos medios y la información que uno recibe, parecería que en el Ministerio de Transporte y ANAC se estaría analizando la posibilidad de restablecer los pisos tarifarios con el argumento que las líneas aéreas, en especial las que se hacen llamar “low cost”, estarían comercializando billetes por debajo de los costos, con lo cual se estaría practicando una suerte de “dumping de cabotaje”.
Lo paradójico es que la primera empresa que practicaría dumping es el grupo Aerolíneas Argentinas, que recibe subsidios por parte del estado y según lo dispone la legislación vigente. (1) En efecto, la necesidad del subsidio es una prueba de que sus tarifas están por debajo de los costos de explotación al punto que sus balances acreditan pérdidas operativas, por lo tanto si ponemos todas las cartas sobre la mesa quien más dumping practica es la empresa del Estado.
Además hay otro elemento que afecta a la actividad, las pautas generales de la actividad son fijadas por el grupo Aerolíneas Argentinas, en especial en la parte salarial y régimen laboral, ya que constituye la referencia obligada en toda paritaria.
Si las empresas privadas venden por debajo de los costos, las pérdidas las padecerán sus accionistas, pero en el caso del grupo Aerolíneas Argentinas las solventan los contribuyentes, incluso los segmentos más pobres, al pagar impuestos indirectos que forman parte de los precios de los bienes que se comercializan.
De todos modos es muy difícil precisar si las tarifas son ilegitimas, caso de “dumping de cabotaje”, ya que habría que hacer un análisis muy fino de la composición tarifaria.
Por ejemplo, cuando en el low cost europeo se lanzan esas famosas ofertas de billetes a precios que oscilan entre los € 5/10, en verdad se están vendiendo los que se estiman serian asientos vacíos que no superan un 3/5 % de la capacidad ofrecida en un lapso de tiempo que en general es el lapso en que esos “billetes baratísimos” se pueden usar.
Es obvio que si esas ventas las observamos linealmente podríamos decir que los precios no cubren ni remotamente el costo del viaje. Sin embargo, si el análisis lo hacemos desde el flujo de fondos que generan esas ventas “baratas” y los resultados del periodo respectivo, por ejemplo cuatrimestre o semestre, veríamos que el promedio general de los billetes está por sobre el costo de cada vuelo.
En el caso de la Argentina toda esta conversación es inútil ya que carecemos de moneda y el tipo de cambio es artificial, $ 58/63 por dólar en el mercado oficial, $ 76/78 en el mercado “blue” que es “black” y $ 83/86 en el mercado “contado con liqui”, que es legal y consiste en comprar acciones o bonos en pesos y venderlos en dólares en el mercado internacional, y además es un modo de enviar legalmente divisas al exterior o el llamado MEP que es lo mismo pero la operación es local y legal.
La brecha del precio del dólar oficial con el de los mercados libres es de un 30% en números redondos.
La inflación del último año calendario fue del 55%. Como vemos con el nivel de inflación y el menú de los tipos de cambio todo indica que todos venden a pérdida. La pregunta es en todo caso ¿hasta cuándo…?
Norwegian por ejemplo ya le puso fin a su aventura argentina.
En este panorama de incertidumbre podría ser que fuera oportuno fijar pisos tarifarios pero tendrían que ser en base a pautas de certeza, por ejemplo fijarlos en dólares. No tendría sentido fijarlos en pesos ya que habría que estar modificándolos todos los meses.
Una base podría ser la ocupación de los últimos seis meses y fijar la tarifa por Km-pasajero volado. Hasta ahora la autoridad de aplicación publicaba las tarifas mínimas para cada ruta, que parecería es lo que piden los gremios aeronáuticos. Mi propuesta es fijarla en función de la distancia y el porcentaje de ocupación, sin tener en cuenta ruta alguna en especial.
Esta tarifa obligaría asimismo para crear un sistema de subsidio exclusivamente a la demanda, para los casos en los que según el ingreso de la persona o grupo familiar debidamente registrado le impida pagar la tarifa vigente, y por supuesto justificando la necesidad del viaje o la carencia de transporte alternativo. Ese subsidio podría ser usado por el beneficiario para aplicarlo al pago de la tarifa en cualquiera de las líneas aéreas que vuelen la ruta requerida, sea de modo directo o indirecto, con una o más escalas.
Puede haber otros medios, pero ninguno debe sustentarse en subsidios indiscriminados a la oferta que es el caos del grupo Aerolíneas Argentinas, en que el subsidio esta dirigido al cabotaje y al transporte internacional en especial a los destinos netamente emisivos.
1. Ley 26412 Artículos pertinentes. ARTICULO 5º - El Poder Ejecutivo nacional podrá instrumentar los mecanismos necesarios a los fines de cubrir las necesidades financieras derivadas de los déficits operativos de las empresas Aerolíneas Argentinas S.A. y Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. hasta el 31 (treinta y uno) de diciembre de 2008, deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes e informará sobre dichas transferencias a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones. ARTICULO 6º - El monto de las asistencias financieras realizadas y a realizarse por el Poder Ejecutivo nacional con la finalidad de atender lo dispuesto en el artículo anterior, deberá instrumentarse como aportes de capital y/o como créditos a favor del Estado nacional, debiendo realizarse las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
Ley 26466 artículos pertinentes Art. 3 - Para garantizar la prestación de los servicios, su ampliación y mejoramiento, el Poder Ejecutivo nacional instrumentará los mecanismos necesarios a los fines de cubrir las necesidades financieras derivadas de las empresas mencionadas en el artículo 1º de la presente ley, acorde al artículo 26 de la Ley 26.422 de Presupuesto de la Administración Pública Nacional.
Las operaciones y las adecuaciones presupuestarias que correspondan realizar a tal efecto, serán informadas a la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y Seguimiento de las Privatizaciones.
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