por Luis Alejandro Rizzi, desde Buenos Aires
Lo primero que quiero poner en evidencia es una “fake news” que circuló, incluso en algunos portales y en el mundillo de la política, que vinculó al Dr. Horacio Fargosi, ex integrante del Consejo de la Magistratura y por su intermedio al gobierno de Mauricio Macri, con una supuesta actuación en defensa de derechos del “edge” found que litigó contra el Estado Argentino por el apoderamiento ilegal que hizo el Gobierno de Cristina Kirchner de la empresa Aerolíneas Argentinas.
Diego Fargosi, hasta donde sé, nada tiene que ver profesionalmente con son su hermano y hasta hace algunos años habrían estado distanciados. No se ahora.
Es cierto que el Dr. Horacio Fargosi junto a su hermano Diego, patrocinaron la solicitud de concurso preventivo de Aerolíneas Argentinas que fue abierto el 16 de junio de 2001, cuando la sociedad pertenecía a la SEPI.
Como es sabido, ya esa apertura en mi opinión fue ilegal dado que se hizo con sustento en lo dispuesto por el decreto 52/94 que, más que interpretar, modificó el art. 99 del código aeronáutico que disponía y dispone el principio de la propiedad sustancial para que una sociedad constituida en la Argentina pueda hacer transporte aéreo en la República.
Los Dres. Fargosi decían en el escrito de inicio: “Hemos hecho referencia a Interinvest S.A. que devino titular del paquete mayoritario de Aerolíneas Argentinas S.A. respecto de lo cual cabe hacer una aclaración. La existencia de esta sociedad resultó del Decreto 52/94 en virtud del cual se interpretó el inciso 2 del art. 49 del Código Aeronáutico, toda vez que la referencia a personas con domicilio real en la República establecía dudas con relación a si una sociedad constituida en la República cumplimentaba el requisito allí establecido.”
Es obvio que ese ilegal decreto, más que interpretar modificó de hecho una norma legal, lo que desde luego es absolutamente ilegal, y ese decreto debería ser declarado nulo. Aun está vigente y este gobierno lo sigue aplicando y bajo esa norma actúan como empresas argentinas (sic), Latam, Jet Smart y Norwegian, por solo enunciar los casos más obvios. Otros casos podrían ser Avian y Flybondi.
Algún fiscal debería tomar intervención de oficio.
Hecha esta salvedad, el CIADI ha rechazado el pasado 13 de mayo, con costas, la solicitud de nulidad promovida por el estado argentino contra el laudo dictado en el año 2017.
El estado sostuvo la solicitud de nulidad con cuatro defensas, pero en este caso nosotros nos limitaremos a una sola que tuvo que ver con el supuesto desvío de fondos que hizo el grupo Marsans durante la administración de las empresas Aerolíneas Argentinas y Austral.
En otras sucesivas veremos las otras defensas.
Respecto al desvío de fondos la cosa tiene que ver con el pago que le hizo Air Comet, sociedad del grupo Marsans a tres bancos, el BBVA, Citibank y Amrobank y a otros acreedores, REPSOL e INDRA, y la propia SEPI, entre ellos que le pagaron el total de sus créditos quirografarios verificados en el trámite del concurso, subrogándose en sus derechos y votando en el concurso, siendo su aprobación, voto decisivo para evitar la quiebra, como lo dijo la jueza interviniente en al resolución que homologó el acuerdo de pago.
Decía la Jueza Norma di Notto: “Digo esto porque la exclusión de Air Comet SA, como acreedor votante en el acuerdo provocaría fatalmente la no homologación del concordato, la apertura del juego de los arts. 48 y siguientes de la ley concursal, y, finalmente la eventual quiebra de Aerolíneas Argentinas SA.”
El tribunal arbitral desestimó este argumento de la malversación porque la cosa estuvo mal planteada y no se hizo referencia al fraude que significó la votación del propio controlante de la sociedad en trámite concursal en su propio concurso. Por otra parte el Estado hasta ahora no pidió la nulidad de esos pagos, actos jurídicos nulos de nulidad absoluta ya que fueron groseramente violatorios de la ley de concursos vigente en ese momento.
La jueza interviniente en otro párrafo de su sesgada resolución dijo: No dejo de lado el incidente de investigación promovido por la sindicatura (n° 87.106) en base a la denuncia efectuada por el acreedor Rizzi donde se intenta dilucidar si ha existido una "...simulación ilícita por parte del consorcio "Air Comet", a través de los pagos efectuados, en perjuicio de los acreedores y (...) en clara violación a las normas concursales..." desde que "...la SEPI habría dado el dinero para cancelar pasivos, y no para que Air Comet pague a los acreedores subrogándose en sus derechos..." (sic,. v. fs. 42 de tal incidente). Pero tal incidente se halla en pleno trámite y no puede, por ende, afectar el presente decisorio. Por lo demás, una vez finalizada la etapa probatoria en el citado expediente de investigación, podrá peticionar la sindicatura plural las medidas del caso, para el supuesto de quedar determinada la invocada alteración de las disposiciones de la ley concursal que se invoca.
Cabe agregar que la propia jueza en lo que parecería aparente complicidad de la sindicatura interviniente, finalizó ese incidente sin producir la prueba ofrecida ni siquiera sin ponderar la que estaba constituida por documentación autenticada agregada al incidente referido.
No me gustan las comparaciones, pero este fue otro caso “ODEBRECHT” que podría configurar hasta ahora un delito económico y fraude procesal perfecto.
Es obvio que el tribunal del CIADI resolvió bien, pero con argumentos equivocados, ya que hay uno esencial, el ESTADO ARGENTINO no podía invocar la defensa de la malversación cuando legitimó el ilegal decreto 52/94 y no cuestionó hasta ahora la nulidad de actos jurídicos nulos de nulidad absoluta como los referidos a los pagos concursales.
Los bancos tienen plena responsabilidad ya que también consintieron el cierre del incidente de investigación (87106/08), sin producirse la prueba respectiva, como se podría ver si se solicitare su desarchivo.
En fin, tanto el gobierno de Cristina como el de Macri tienen su responsabilidad, pero no la busquemos por la vía de una “fake news” como la que estuvo circulando.
La SEPI –el estado español- también tiene su cuota de grave responsabilidad en el asunto, pero hasta ahora jamás se le hizo reclamo alguno por lo menos en lo referente a este escandaloso caso que fue el concurso de Aerolíneas Argentinas.
Hasta ahora todos muy felices, comieron muy sabrosas perdices y los contribuyentes argentinos, como dice el refrán, “pagando estaba la gansa”, que venimos a ser todos nosotros.
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