Milenium Air S.A. fue contratada por la Presidencia de la nación para usar un avión subcontratado
Sábado, 27 Octubre 2012
Mediante Resolución administrativa 1020/12 firmada por el jefe de Gabinete Abal Medina y el Ministro de Interior y Transporte Anibal Randazzo se resolvió: Adjudicar... “los Renglones Nros.1 y 2 de la presente contratación a MILENIUM AIR S.A. por la suma total de PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIUNO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 9.829.821,68), por resultar su oferta admisible y conveniente” lo que significa la contratación de una aeronave por un lapso de tres meses para reemplazo del Tango 01, al que deben realizarse una de las recorridas o inspecciones de rutina.
por Luis Alejandro Rizzi, desde Buenos Aires.
Con relación a Milenium S.A. ya el 17/05 en este Portal algo habíamos dicho respecto a un avión carguero que no pudo decolar de Rio Grande por falta de documentación hecho que sumados a otros relacionados con esa misma sociedad habrían provocado tiempo después la renuncia de un director nacional de la ANAC que habría tenido activa participación en la ampliación o modificación de su CESA y que también habría estado a punto de reactivar las autorizaciones de S.W. en momentos que fue sorprendido por el pedido de su renuncia.
Por ello resulta extraño que esta empresa haya sido adjudicataria de la contratación mencionada cuando el avión destinado a la Presidencia de la nación por ese lapso de tres meses, sería subcontratado a ROYAL CLASS AIR empresa cuya oferta fue declarada “...inadmisible la oferta presentada por la firma ROYAL AIR S.A. por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares...”.
También resulta extraño que ante la AFIP, MILENIUM AIR S.A. declaró que sus actividades son las especificadas en los códigos de actividad 659990 y 712909 que nada tienen que ver con el transporte aéreo pero si el código 621000 que dice “Servicio de transporte aéreo de cargas”.
Es cierto que el CERTIFICADO DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEREOS (CESA) la habilitaría para realizar el tipo de transporte ofrecido. El Presidente de la sociedad es un Señor llamado Ariel Ricardo GUMIY cuya constancia de inscripción ante la AFIP dice: IVA EXENTO, Reg. Trabajadores autónomos Categoría T1 III ingresos hasta $ 15.000,00 (anuales) desde noviembre de 2011, y en ganancias personas fiscas está inscripto desde la misma fecha. El código de actividad denunciado es el 741401 que se refiere servicios de asesoramiento dirección y gestión empresarial.
El vicepresidente D Jose Luis Amadio solo está registrado como Trabajador Autónomo Categoría 1 ingresos hasta $ 15.000,00. En los dos casos el ingreso mensual es de $ 639 y monedas. El código de actividad denunciado es el 741409 que se refiere a “servicios de asesoramiento, dirección y gestión empresarial NCP” (esta sigla quiere decir servicio no contemplado en otro rubro del código).
El precio de la contratación parecería elevado ya que la hora de vuelo de la aeronave que se afectaría a los servicios de la Presidencia se estima en u$s entre los 6.100.00 y 7.000,00, es decir por ese precio se deberían garantizar hasta casi 290 horas de vuelo.
Según algunas referencias el precio de la contratación lo seria hasta 150 horas de donde el precio de la hora estaría alrededor de las u$s 13.000,00, mas de doble del precio del tan denostado mercado.
Decíamos que el avión que pertenecería a ROYAL CLASS AIR, tienen una autonomía de vuelo de nueve horas y su radio de alcance es de 7.500 Km.
En fin ignoramos si la ANAC o la subsecretaria de Transporte aerocomercial han tenido intervención, pero la pregunta obvia es porque motivo se recurrió a esa intermediación y como pude ser que ROYAL CLASS no haya cumplido con los requisitos exigidos y si lo reunió MILENIUM AIR que tuvo que recurrir precisamente a la firma descalificada para hacerse de la aeronave en cuestión, en este proceso de.... “ Contratación por Urgencia Nº 120/12, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta, llevada a cabo con el objeto de contratar el servicio de fletamento de un medio de transporte aéreo para ser utilizado durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2012, por ausencia de la aeronave presidencial Boeing 757-200, Matrícula T-01, con motivo de realizarse su inspección periódica reglamentaria, según el requerimiento formulado por la CASA MILITAR de la PRESIDENCIA DE LA NACION....” según rezan los considerando de la Decisión administrativa 1020/12.
Lo que alarma es que esta aeronave se contrató para uso de la Presidente de la nación y creemos que por lo menos en este caso la transparencia del proceso debió ser lo más nítida posible, no solo por las cuestiones de “pesos” sino lo más importante por razones de seguridad.
Creemos que también debería darse a publicidad el contrato celebrado entre Milenium Air y la firma que suministra el avión.
Quedan algunas preguntas, quien será el dueño de MILENIUM AIR S.A. ya que según surge de las constancias de la AFIP no podrían ser ni su presidente ni su vice por lo exiguo de sus ingresos, la jefatura de gabinete habrá hecho las consultas respectivas ante la AFIP, si el presidente o vice de Milenium Air solicitaran ante la AFIP la compra de moneda extranjera es casi seguro que sería rechazada, no...
El paquete accionario, parte o su totalidad de Milenium Air S.A. fue transferido a fines de 2011 para encarar fundamentalmente un proyecto de transporte de carga aérea lo que concuerda con la denuncia de actividad hecha ante la AFIP.
Quizás en esas preguntas esté el gato encerrado.
Estimo que la Presidente no fue informada de estos hechos salvo que no haya querido o podido escuchar....
El CUIT de Milenium es 33.70724476-9, cualquier persona puede ingresar a la página de la AFIP y verificar los datos dados en esta nota.
Por último también sería necesario conocer el contrato celebrado entre MILENIUM S.A. y el Estado para conocer sus derechos y obligaciones, pero también parecería que esta intervención como intermediario según pareciera, encareció la contratación.
En el comercio ningún acto se presume gratuito.
Portal de América






Comentarios
Cuando dije un ingreso mensual de $ 639 y monedas me refiero al ingreso de aportes a la AFIP para esa categoria de contribuyente.