por Luis Alejandro Rizzi desde Buenos Aires (y la mejor cuarentena x 2 del mundo)
Con bastante mora luego de conocerse oficialmente que la ANAC suspendió todo tipo de transporte aéreo, regular y no regular hasta el 31 de agosto próximo inclusive, Aerolíneas Argentinas decidió suspender a ocho mil empleados y un recorte de salarios.
APLA, el gremio que representa a los pilotos, ya hizo saber que insto a la empresa a “…buscar otras alternativas que no produzcan ninguna merma en los puestos de trabajo y salarios de los trabajadores”.
En el caos especifico del transporte aéreo, la ANAC, que es el órgano de aplicación, suspendió la actividad hasta el 31 de agosto próximo.
Por lo tanto esa prohibición frustra por tiempo determinado el ejercicio del derecho de ofrecer una servicio público de transporte, es decir, de ejercer el comercio y a sus trabajadores les limita también por tiempo determinado, el derecho e trabajar.
El resultado de la ecuación es muy sencillo, la empresa no genera ingresos y sus trabajadores no trabajan por una decisión del gobierno.
No hay negativa de trabajo, como tampoco la hay por parte de Latam, que fue obligada por el gobierno a pagar de modo integro los salarios adeudados.
Los actos de gobierno son consecuencia de atribuciones y facultades que la Constitución le concede a los distintos poderes que integran el gobierno de la República. Por lo tanto, si hubiera alguna responsabilidad sería del gobierno o Estado, y no de las empresas.
Esto más allá de la nulidad de los DNU que viene dictando el gobierno, ya que ninguno se decidió ni sancionó siguiendo el proceso que marca el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional. Ningún DNU, a partir del 274/20 incluido, se decidió en acuerdo general de ministros, previamente convocado para un fin determinado. Los ministros solo lo refrendaron, pero no participaron en la formación de la respectiva “decisión”.
En todo caso son responsables directos los firmantes, que además refrendan una falsedad, dado que cada DNU comienza diciendo que lo dicta “EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS”, el que jamás se celebró.
Si aplicáramos la doctrina del fruto del árbol venenoso del derecho penal, todas las resoluciones de menor jerarquía dictadas en consecuencia de toda esta saga de DNU serian igualmente nulas y generadoras de responsabilidad personal.
Claro, eso es lo que ocurriría en una REPUBLICA, que no es nuestro caso.
Por otra parte, hace mucho tiempo que esta inútil dirección de Aerolíneas Argentinas, que se ve que continúa cobrando sus salarios sin quita alguna, por lo menos hasta el 31 de mayo, debió haber convocado al personal para ver cómo se sorteaba esta “prohibición de volar”.
Hubiera sido un rasgo de sentido de la justicia social para con toda esa gama de personas que no han podido cobrar, o sólo percibieron en algunos casos la prestación dada por el Estado en concepto de ATP (Asistencia al trabajo y la producción).
Está además el crecimiento de la pobreza al 50% de la población. En esta circunstancia, hay un gremio que ya dijo que carece de sentido de la solidaridad. Por lo menos no incurren en hipocresía ni cinismo.
Una vez más Pablo Ceriani y sus codirectores dan una muestra de autoritarismo fallido, de reacción tardía y de creerse sobrenaturales por un puñado de vuelos a China, como si se trataran de viajes interespaciales que tampoco ya son novedad….
Esperemos que en las próximas reuniones se pueda arribar a un acuerdo solidario, y nos tengan en cuenta a los contribuyentes que somos quienes los bancamos, y que también hemos visto disminuidos nuestros ingresos…
De paso el tal Ceriani ya dijo que necesita 900 millones de dólares…
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