Lan: Víctima de la desviación de poder y de la envidia de los incapaces
Sábado, 30 Marzo 2013

 Lan: Víctima de la desviación de poder y de la envidia de los incapaces
“...la noción de desviación de poder se utiliza para caracterizar y definir un supuesto de actuación administrativa por medio  del cual se persiguen fines, públicos o privados, que resultan distintos a los que la ley  tuvo en mira al asignar competencia al órgano...”Gustavo E. Silva Tamayo Agregaría es un forma muy hipócrita de ejercer violencia silenciosa.
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Más...por Luis Alejandro Rizzi, desde Buenos Aires

....y van la exclusión de Aeroparque para realizar vuelos regionales, la imposibilidad de incrementar rutas, la anónima prohibición para incorporar nuevas aeronaves  y ahora la prohibición para utilizar mangas telescópicas en los Aeropuertos Argentinos dispuesta por una ignota funcionaria, Maria Cecilia García, interventora de INTERCARGO, cuyos meritos e idoneidad para llegar a esa función se desconocen, pero no cabe duda alguna que desconoce ese fino límite que hay entre el uso y el abuso o entre saber o no saber obrar.
Es lamentable para el sector que haya funcionarios que hacen del derecho administrativo un instrumento al servicio de la prepotencia institucional, porque reconozcamos la prepotencia está entrometida en casi todas las áreas de la administración pública por aquello que se debe escuchar pero no hablar....y el ejercicio de muchos  derechos está esta reducido y limitado al humor de una suerte de “gran hermano” que impera desde la caverna de la ignorancia como en aquel país de los CíKlopes, narrado en la Odisea, que albergaba “...gente sin fe ni leyes, tan confiadas en los inmortales que ni labran la tierras ni cultivan los campos; sin arado ni sementera, el suelo les proporciona todo; trigo, cebada, soja (agrego yo)y viñas de grandes racimos(corrupción), que bien nutridas por las lluvias de Zeus (retenciones y mercado único de cambios), les proporciona el vino (de la eternidad) No celebran asambleas para juzgar o deliberar, pero en la cima de sus altas montañas, en el fondo de sus cavernas cada uno dicta su ley a sus mujeres y a sus hijos sin preocuparse de los demás...Has de saber que los cíclopes no nos preocupamos de los dioses afortunados, ni siquiera de Zeus...pues somos más fuertes que ellos...”
La ignota Garcia interventora de INTERCARGO, empresa que suma pérdidas, pese a ser casi monopólica, que presta un pésimo servicio de handling, que está entre los más caros de la región, en algunos casos el sobrecosto comparativo supera el 50% y en otros llegarían al 200% que suma casi dos mil empleados que tiene el privilegio de tarifar sus servicios en dólares al igual que AA2000, algo prohibido para el resto de los mortales argentinos, argumenta según una nota que pude leer en La Nación y no desmentida hasta la fecha  “....que en virtud de los diversos y sucesivos incumplimientos de pago por parte de las compañías aéreas integrantes del grupo Lan (Lan Argentina S.A.; Lan Airlines Inc; Lan Perú S.A. y AEROLANAE Líneas Aereas Nacionales de Ecuador  se ha resuelto suspender el servicio de contacto de mangas (pasarela telescópica a estas líneas aéreas a partir del miércoles 27 de marzo de 2013 a las 1200 y hasta nuevo aviso (sic)” según nota suscripta por la ignota Garcia de fecha 26 de marzo que ignora disposiciones del Reglamento del Uso y funcionamiento de los aeropuertos y que me animo a calificar de groseramente ilegal.
Le recuerdo a Maria Cecilia Garcia que aun está vigente el artículo 1112 del Código civil que establece la responsabilidad de los funcionarios públicos por sus hechos y omisiones en el ejercicio de sus funciones cuando lo hacen de modo irregular o ilegal.
Si realmente existieron diversos y sucesivos incumplimientos de pago quiere decir que hubo desidia en los funcionarios encargados de facturar y cobrar pero lo que llama la atención y demuestra que se trata de un claro acto abusivo es que no se detalla el monto de la deuda y las facturas que estarían impagas, pero si fuera cierto que existían deudas, estas se reclaman por vía judicial sin suspender servicios ya que el pasajero paga una tasa que le da derecho al uso de la manga.
Pero nuestra ignota Maria Cecilia Garcia también ignora que el pasajero que es definido  como el “Usuario del aeropuerto que utiliza las instalaciones aeroportuarias y/o servicios del aeropuerto con motivo del inicio, escala o finalización de un vuelo” paga la Tasa de Uso de la Aerostación lo que le da derecho a usar la manga salvo razones de fuerza mayor o saturación del aeropuerto. Por otra parte el uso de la manga pasarela telescópica es un factor de seguridad para la operación aeroportuaria. 

María Cecilia Garcia, interventora de INTERGARGO, con esta decisión suma un antecedente en su curriculum, que en las familias “K”- “CÁMPORA”, estimo, debe ser muy valioso, pero  quien esto escribe se reserva su juicio de valor por una cuestión de caridad, no suelo ser grosero.
Esta es la Argentina que estamos viviendo y sufriendo, estas son las arbitrariedades que nos estamos acostumbrando a tolerar y que nuestros empresarios aprovechan, ya que como se dice desde el Poder CiKlope, se pueda ganar dinero por parte de “unos pocos y pocas” que son los “amigos” del capitalismo K que todo lo ven bien y por eso se apuran por aplaudir.  Esa es nuestra clase empresarial.
Nos cuesta aprender, como dice Juan Llach que “...el proteccionismo, la volatilidad macroeconómica, y la aceleración de la inflación, aparecen como los principales factores internos del retraso de la Argentina...”, y a ello debemos sumar  “...el exceso en la intensidad con que se aplicaron esos instrumentos, por ejemplo, con diferenciales cambiarios entre sectores superiores al 100% o con prohibiciones de importar determinados bienes durante décadas...”.
Mas grave es cuando esas medidas restrictivas como las aplicadas contra Lan en el caso concreto, por parte de la ANAC y de INTERCARGO, con el beneplácito del ORSNA, se aplican contra muchas empresas  que ven “Observadas” sus DJAI o DJAS (DECLARACIONES JURADAS ANTICIPADAS DE IMPORTACIÓN o de Servicios), según se trate de bienes o servicios, lo que impide la respectiva importación; en estos casos sin que se sepa el motivo de la “observación” lo que viola un principio y garantía esencial del derecho administrativo que es el “...derecho a una decisión fundada...”, lo dice la propia ley que regula el procedimiento administrativo en su artículo primero.
Al CiKlope, como en la Odisea, se le debe temer....aunque se aun poquito...pero si se lo teme más, mejor....!

Todo ello responde a esa filosofía, por darle un nombre, aunque la mala filosofía no deja de ser filosofía, que dice que la Idoneidad como requisito para ejercer la función pública, no esta relacionada con lo profesional sino con lo partidario, por eso  decimos “que para ser funcionario público hay que ser político” lo que degrada no solo a la política como “hacer” sino lo que es mucho más grave, pone precio a la propia dignidad.
Es decir para ser funcionario público  la obsecuencia se convirtió en “cualidad” y la “idoneidad” en estorbo
Recordemos que hay trabajadoras y trabajadores sexuales muy idóneas e idóneos...que con su profesión ganan buen dinero, pero recordemos que la prostitución sexual pueden ser entendida y justificada, pero la prostitución cerebral es la peor enfermedad que puede afectar a un ser humano.
No creo que este tema de Lan haya terminado....a esta cuestión de las mangas la calificaría como agresión no solo a la empresa, porque en definitiva mas castiga y agrede a sus pasajeros que los llevará muy seguramente a reforzar su fidelidad, afecta al turismo, afecta a esa imagen franciscana a la que Kristina se aferra para lograr su eternidad temporal y como suele  ocurrir con lo trivial pone al descubierto  ese espíritu de venganza y envida por el desarrollo alcanzado por el grupo LAN que está entre los 10 primeros del mundo.
Para nuestros CiKlopes es un hecho imperdonable ante una Aerolíneas Argentinas que debe estar entre las líneas aéreas que más pierden...o más subsidios necesita....
No dudo en decirlo, Lan es “victimizada” por su éxito que desde luego se logró con esfuerzo, sacrificio y trabajo, virtudes que no forman parte de la enciclopedia “K”.
A propósito, el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos, ORSNA,  a todo esto sigue en silencio...
El “REGLAMENTO GENERAL DE USO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS AEROPUERTOS DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS” Res. 96/01 del propio ORSNA, dice

3.1 Prohibición de discriminación.

La admisión en el aeropuerto deberá realizarse con estricta sujeción a lo dispuesto en el Ordenamiento jurídico vigente, asegurando la igualdad y el libre acceso, evitando la discriminación de cualquier naturaleza en el uso de los servicios e instalaciones aeroportuarias no fundadas en razones objetivas del servicio debidamente acreditadas, y velando por la normal prestación del servicio público.
Va de suyo que Maria Cecilia Garcia no conoce este reglamento  y el ORSNA guarda silencio ya que entre sus atribuciones está la de hacerlo cumplir ya que es la autoridad que lo sancionó.
Claro hace poco que el Orsna tiene nuevo Presidente, puede que aun no haya tenido tiempo para leerlo....

Portal de América

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