Traducción preliminar al español del Código Internacional para la Protección de los Turistas
Miércoles, 13 Abril 2022 13:40

Traducción preliminar al español del Código Internacional para la Protección de los Turistas

La OMT (Organización Mundial del Turismo) ha presentado a los Estados Miembros de la OMT y las Naciones Unidas esta traducción preliminar del Código Internacional para la Protección de los Turistas (“CIPT”) al español como cortesía. Aclara que la traducción oficial del CIPT al español se entregará en las próximas semanas, y en caso de discrepancia entre las dos versiones, prevalecerá la traducción oficial.

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Se recuerda que el CIPT consta de cinco capítulos.

- Capítulo 1: Definiciones y aclaraciones
A. Definiciones
B. Aclaraciones

- Capítulo 2: La asistencia a los turistas internacionales en situaciones de emergencia
Parte I – Principios
Parte II – Recomendaciones:
A. Prevención
B. Información
C. Asistencia
D. Repatriación

- Capítulo 3: La protección de los turistas en los contratos
Parte I Normas mínimas sobre la protección de los turistas – Recomendaciones:
A. Información precontractual
B. Información contractual
C. Terminación del contrato de servicio turístico antes del inicio del
servicio
D. No ejecución o ejecución incorrecta
E. Protección en caso de insolvencia del prestador del servicio turístico
F. Derecho de acceso a la justicia
Parte II Aspectos contractuales relativos a las situaciones de emergencia -
Recomendaciones:
A. Prevención
B. Terminación del contrato de servicio turístico
C. Bonos
D. Apoyo financiero de los gobiernos para los prestadores de servicios
turísticos
Parte III - Principios sobre la protección de los turistas en los servicios turísticos
digitales
Introducción
Principios:

- Capítulo 4: Solución internacional de controversias relativas a viajes y turismo a través de vías alternativas de resolución de controversias:
Introducción
A. Principios
B. Recomendaciones
C. Recomendaciones relativas a situaciones de emergencia

- Capítulo 5: Mecanismos de adhesión y aplicación de las recomendaciones del Código Internacional para la Protección de los Turistas:
A. Adhesión voluntaria al Código
B. Relación con la legislación nacional y los acuerdos internacionales
C. Supervisión y presentación de informes
D. Evaluación e interpretación
E. Comunicación pública

El texto completo (46 páginas) puede ser consultado AQUÍ.

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