Cada vez más reglamentados
Miércoles, 19 Febrero 2014

Cada vez más reglamentados
A través de la Resolución 23/2014 publicada el 6 de febrero en el Boletín Oficial, en el marco de la ley 25.599, y con la firma del ministro de Turismo, Enrique Meyer, se puso en marcha el nuevo reglamento de Turismo Estudiantil que obliga a las agencias de turismo a contar con el Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil.
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“La actualización de la normativa que encuadra el Turismo Estudiantil tiene como objetivo la optimización del desarrollo de la actividad, acorde a los nuevos requerimientos que van surgiendo para su operatoria. Es un claro avance en comparación con la situación de una década atrás, posible a partir de un trabajo constante y un seguimiento permanente”, manifestó el ministro Meyer.

En efecto, entre las novedades del nuevo reglamente que puso en práctica el Gobierno Nacional para este segmento estudiantil se subraya que ahora le requieren a las agencias aval bancario y coordinadores mayores de edad, entre otros requisitos. Además, las empresas deberán contratar seguros y suscribir un contrato de fideicomiso privado.

Esencia

Las flamantes disposiciones que entraron en vigencia se destacan porque exigen capacitación de los coordinadores, experiencia al menos de cinco años en el rubro y que sean mayores de 21 años. Entre sus primicias, la regla también solicita la apertura de una sucursal o comercializadora en cada provincia donde se realicen los viajes.

Por su parte, desde el 6/2 para los viajes de estudio deberá haber un coordinador por cada sesenta (60) estudiantes y deberán estar acreditados dos docentes como mínimo. Asimismo, coordinadores y asistentes deberán registrarse ante la Asociación de Padres de Turismo Estudiantil (APTA).

A su vez, la flamante normativa le exige a las agencias de viajes a contratar seguros, a contar con un aval bancario y a suscribir un contrato de fideicomiso privado para garantizar las obligaciones frente a eventuales incumplimientos.

Por su parte, la Resolución 23/2014, también, establece las categorías de “organizadores” y “comercializadores”, siendo los primeros “los agentes de viajes que celebren contratos de turismo estudiantil por sí y contraten en forma directa las prestaciones integrantes del paquete turístico”; al tiempo que, “los segundos, los agentes de viajes que únicamente celebren contratos de turismo estudiantil por sí y por cuenta y orden del organizador”.

La cocina

Gonzalo Casanova Ferro, Director Nacional de Gestión de Calidad Turística del Ministerio de Turismo de la Nación, dialogó con Mensajero Turístico y sintetizó: “Es el resultado de un proceso constante de seguimiento y análisis de las vicisitudes del segmento estudiantil. La resolución es producto de lo que aprendimos y las experiencias”. Además, remarcó que la ordenanza es nueva desde el punto de vista de su publicación, pero su desarrollo lleva varios años con este producto.

Casanova Ferro señaló que “en el centro de la preocupación siempre está la seguridad del pasajero y todas las medidas tienden a eso”. Para ello, sostuvo que “se ha hecho un trabajo incesante para abarcar y contemplar todos los posibles problemas, desde el coordinador hasta la figura institucional”.

En esta línea, dijo: “Una vez que analizamos las ecuaciones y necesidades del Turismo Estudiantil nos avocamos para diagramar la resolución”; y siguió: “Nadie puede sentirse sorprendido porque tanto la esfera pública como privada viene preocupándose sobre un aggionarmiento de este rubro”.

Respecto al armado, agregó que en reiteradas oportunidades se reunieron con la otra pata del Turismo nacional. “El trabajo en conjunto fue fundamental para que ninguna voz o situación quede afuera. Al respecto, las objeciones y reservas fueron escuchadas y tenidas en cuenta al momento de su elaboración. La normativa final ha sido muy bien recibida, y se caracteriza en poner orden y seguridad”.
Consultado respecto a posibles futuros cambios, el Director Nacional de Gestión de Calidad Turística del MINTUR explicó que “esto es una construcción social y todos los sistemas son perceptibles de modificación, hoy lo que estamos haciendo es la historia fina del proceso”.

Para terminar, Casanova Ferro enfatizó que “el fideicomiso es lo suficientemente robusto cómo para aguantar alguna falla, pero es lógico que se vayan adecuando las normas de acuerdo a las realidades cambiarias cotidianas”.

Bajo la lupa

Vale destacar, que la norma instituye que “las agencias ya sean organizadoras o comercializadoras no pueden comercializar viajes de estudios y/o viajes de egresados que tengan una fecha de iniciación posterior al 31 de enero del segundo año calendario posterior al año de la solicitud o mantenimiento del Certificado Nacional de Autorización para Agencias de Turismo Estudiantil”.

Asimismo, estipula que las agencias deberán presentar una declaración jurada anual, entre el primer día hábil de enero y el último de setiembre, que incluya, entre otros datos, el listado de autoridades, personal, coordinadores, promotores, cantidad de servicios programados, prestadores, así como también una “memoria de actividades del año anterior”.

Por otra parte, la resolución contempla que las empresas deberán informar la cantidad de plazas contratadas para cada viaje, “con comprobante que acredite que abonaron como mínimo el 30 por ciento, si se trata de un viaje dentro de la Argentina, y del 100 por ciento cuando se trate del exterior”; así como también una síntesis de los paquetes ofrecidos e indicar las páginas de Internet que utilizan para promocionar.

Desde ahora las agencias tendrán que presentar también una nota con la conformidad del establecimiento educativo, un certificado de pre-compra con calificación o póliza de seguro de caución, una carta de intención consignando su disposición a efectuar un aval bancario y otra expedida por una Sociedad de Garantía Recíproca (SGR).

La autoridad de aplicación “podrá denegar o cancelar la autorización para operar hasta tres veces, por lo cual las agencias tendrán que pagar 600, 1.000 y 2.000 pesos, respectivamente, y no podrán operar durante tres, seis y 12 meses, según el caso”, explica la Resolución.

En este sentido, las empresas deberán pagar un arancel anual de 1.500 pesos para la renovación del Certificado de Autorización, en el caso de las comercializadoras, y de tres mil en el de las organizadoras, y además presentar los contratos respectivos “con antelación mayor a los 60 días del inicio del viaje”.

En efecto, se creará un Fondo de Turismo Estudiantil, mediante el cual los organizadores deberán suscribir un contrato de fideicomiso privado con el objeto de “garantizar las obligaciones frente a eventuales incumplimientos, para lo cual deberán abonar el seis del total de cada contrato individual a Nación Fideicomisos S.A., que actuará como fiduciario.

Por su parte, las agencias deberán contratar un seguro de responsabilidad civil, que deberá ser presentado anualmente, por 300 mil pesos para servicios dentro de la Argentina y por 500 mil pesos para servicios en el exterior y deberán contar también con seguros de accidentes personales.

Agazapados

Pese a no estar sorprendidos ante la flamante Resolución, desde la Asociación Argentina de Agentes de Viajes (AAAVyT) valoraron los nuevos cambios que alientan a la seguridad y calidad de los servicios. A su vez, y sin querer entrar en detalle de la norma, desde esta institución advirtieron que en los próximos días se reunirían con sus asociados para analizar, explicar y despejar punto por punto todas las dudas de la Resolución, y recién ahí comunicar y mantener una posición institucional al respecto.

En este sentido, el común denominador de las agencias especializadas en turismo Estudiantil consultadas prefirieron el silencio y aguardar unas semanas hasta estudiar bien la normativa; no obstante, coincidieron en que cualquier iniciativa que bregue por la seguridad de los pasajeros es bienvenida.

Los papás más tranquilos

Respecto de los coordinadores de viaje, la Resolución 23/2014 implica que deberán tener más de 21 años, con secundario completo y sin antecedentes criminales, y sus funciones comprenderán hasta 35 turistas o 60 turistas para los casos de viajes de estudio, en donde también deberán concurrir, como mínimo, dos docentes del establecimiento.

Cuando el contingente supere ese número los 35 turistas se podrá contar con un asistente de coordinación, que deberá ser mayor de 18 años y no tener antecedentes criminales.

Portal de América - Fuente: mensajeroweb.com.ar

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