Pluna: eximen al Estado ante demandas laborales
Jueves, 06 Marzo 2014
Leonardo Carreño
La jueza laboral Mónica Pereira, en una sentencia que dictó este miércoles, entendió que los viáticos que recibían un grupo de cuatro exfuncionarios de Pluna tienen naturaleza salarial, lo que en los hechos hará que se ajuste su liquidación.
Pero la magistrada entendió que esa responsabilidad es exigible únicamente a Pluna S.A. y no a los ministerios de Economía, Transporte y Pluna Ente Autónomo, dijeron a El País fuentes vinculadas al caso.
De esta forma, los trabajadores deberán presentarte en el concurso judicial de acreedores de Pluna S.A. para recibir la diferencia de sus créditos laborales, que por ley son privilegiados motivo por el que cobrarán con cierta facilidad.
Pero, si tal como pedían en la demanda se condenaba al Estado, los trabajadores hubieran acelerado el cobro de sus créditos, según explicaron las fuentes consultadas.
En total hay más de 260 extrabajadores de Pluna que iniciaron juicios contra el Estado en reclamo de créditos laborales impagos por concepto de horas extra y salarios vacacionales, entre otros rubros. Las acciones judiciales suman más de US$ 24 millones.
Desacumulación
Por otro lado, el fiscal especializado en crimen organizado Juan Gómez, se pronunció ayer a favor de desacumular los tres expedientes judiciales en trámite, tal como lo pidió la semana pasada la defensa del presidente del Banco República, Fernando Calloia, según informaron fuentes judiciales a El País.
Ahora, la jueza Adriana de los Santos deberá decidir si acepta la solicitud de volver a tramitar las tres causas (la que motivó los procesamientos sin prisión de Matías Campiani y sus socios; la denuncia que presentó Ancap por cheques sin fondo y la relativa al aval otorgado por el Banco República a la empresa española Cosmo por US$ 13,6 millones) en forma independiente.
En diciembre de 2013, el fiscal Gómez pidió a la jueza De los Santos los procesamientos sin prisión de Calloia y del exministro de Economía, Fernando Lorenzo, por las irregularidades registradas en el modo en que el Banco República concedió el aval a la firma española Cosmo.
Pero la magistrada no está habilitada a decidir si hará o no lugar a los pedidos de enjuiciamiento contra Lorenzo y Calloia hasta que previamente no resuelva lo relativo a la desacumulación de los expedientes que pidió la defensa de Calloia, que está a cargo del penalista Gonzalo Fernández.
Portal de América - Fuente: www.elpais.com.uy

