Por Resolución 1032/2011, que firma el administrador nacional de Aviación Civil, Alejandro A. Granados, publicada hoy en el Boletín Oficial, exceptúa a las operaciones efectuadas con motivo o en ocasión de un transporte aéreo sanitario y a las realizadas por aeronaves públicas o de Estado.
No alcanza a los vuelos que se realicen en el espacio aéreo controlado de jurisdicción de la Torre de Control Aeroparque y que se dirijan hacia otros aeródromos. La resolución entrará en vigencia el sábado 24, día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
En los considerandos expresa que la propuesta fue efectuada por la Dirección de Tránsito Aéreo y agrega que el Aeroparque “Jorge Newbery” opera actualmente al límite de su capacidad operativa en determinadas franjas horarias, en las que existe ocupación total de los turnos de operación disponibles (“slots”).
Agrega que durante el período vacacional aumentará considerablemente la actividad turística en el país y, con ello, el número de operaciones aeronáuticas partiendo de dicha estación aérea o con destino a ésta. Advierte que el incremento del número de vuelos podría afectar la capacidad de operación del antedicho Aeroparque y, consecuentemente, producir demoras en los servicios de transporte aéreo, con afectación directa a los usuarios de aquellos.
Por ello es necesario adoptar una medida que posibilite —ante el incremento estacional de tráfico— sostener un tránsito aéreo seguro, ordenado y eficiente en el aeroparque “Jorge Newbery”, tal como requiere el el Código Aeronáutico.
Portal de América - Fuente: www.hostnews.com.ar

