El Ministerio recibirá las garantías de funcionamiento de las Agencias de Viaje
Viernes, 01 Junio 2012

El Ministerio recibirá las garantías de funcionamiento de las Agencias de Viaje
Mediante Decreto Presidencial se autorizó por única vez al Ministerio de Turismo y Deporte a recibir las garantías de funcionamiento previstas en el artículo 12º y siguientes del Decreto 3/997 del 3 de enero de 1997, que se constituyan mediante seguro de fianza con una vigencia de 90 días a contar desde el 1º de junio de 2012.
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Al vencer el plazo de vigencia excepcional previsto, las Agencias de Viajes que presentaron las garantías, deberán constituir la garantía de funcionamiento en cualquiera de las modalidades previstas con vigencia hasta el 31 de mayo de 2013.

Ver Decreto


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