Pero no solo las aerolíneas. Este diario ha recibido peticiones de más detalles de la sentencia por parte de abogados y asociaciones empresariales de agencias de viajes, con el objetivo de analizar las posibles consecuencias para el sector de la intermediación.
De hecho, a preguntas de este diario, nadie ha llegado a manifestarse con claridad sobre las consecuencias, dado lo reciente de la sentencia, si bien varias fuentes sectoriales apuntan algunos posibles cambios.
Readaptación
En este sentido, el presidente de Orizonia y ex presidente de Iberia, Fernando Conte, ha señalado a HOSTELTUR noticias de turismo que “la relación en la cadena de valor ha vivido varios cambios traumáticos, pero se ha acabado readaptando al nuevo entorno. Al final el mercado se reajusta”.
Por su parte, el vicepresidente ejecutivo de CEAVYT, José Manuel Maciñeiras, se muestra optimista al señalar que la sentencia puede acabar haciendo volver las comisiones aéreas “aunque bajo otra fórmula diferente a un determinado porcentaje igual para todos”.
Mientras que Vicente Blasco, presidente de AEDAVE y vicepresidente de CEAVYT para temas aéreos, es menos optimista y considera que el efecto de una posible desaparición de los fees en las aerolíneas “puede ser muy grave para las agencias”, por la situación de desventaja competitiva que generaría. Y apunta que la posible fórmula podría ser la vuelta de las comisiones, si bien lo ve “muy difícil”.
A otros agentes de viajes no les preocupan tanto las consecuencias, y señalan que “el negocio tiene a buscar otras alternativas cuado fallan las que estaban en vigor. La agencia puede buscar otros cargos para compensar”.
Spanair alega “erga omnes”
Por su parte, Spanair señala que no habrá consecuencias extrapolables, ya que “la sentencia del Tribunal Supremo sólo afecta a los derechos de la recurrente”.
Además, añade que “en noviembre de 2006, el Juzgado de lo Mercantil nº7 de Madrid emitió una sentencia avalando la legalidad de esta tarifa tras una denuncia presentada por FACUA (Consumidores en Acción), que no fue recurrida. Por tanto, la sentencia es firme. Esa sentencia tiene efectos ‘erga omnes’, es decir, de aplicación para todos, por tanto tiene mayor valor que la reciente del Tribunal Supremo pues fue presentada por una organización de consumidores”.
José Manuel de la Rosa (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.)
Portal de América - Fuente: www.hosteltur.com