Argentina: el sector turístico obligado a emitir facturas electrónicas
Viernes, 19 Noviembre 2010
A partir del 1º de Enero de 2011 según la Resolución 2959 de la AFIP (Administración Federal de Ingresos Publicos)) en la República Argentina, los Operadores Mayoristas, Agencias de Viajes minoristas, Hoteles, Tiempos Compartidos se verán obligados a emitir facturas electrónicas por las operaciones comerciales que realicen.
por Ariel Badán Carreras, desde Córdoba, especial para el PDA
El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray manifestó que gracias a la implementación de la factura electrónica se evitarán acciones dolosas de las empresas que operan con facturas apócrifas.
La incorporación al régimen es a partir del 17/11/2010 y la resolución indica que los sujetos reponsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA), que son alcanzados por la obligatoriedad de emitir facturas electrónicas, son aquellos que:
a) Presten servicios de reservas hoteleras a nombre de terceros, prestados por personas físicas o jurídicas, a cambio de un beneficio económico.
b) Venta de Períodos en sistema de tiempo compartido.
c) Ventas realizadas por Agencias Mayoristas y minoristas de Viajes y Turismo
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