El turismo como derecho humano, el turismo sostenible y sustentable, el turismo como actividad empresarial , el turismo como actividad de interés público, regulado celosamente por el Estado para asegurar la calidad del destino, necesita ser estudiado por el derecho y enseñado como una nueva disciplina jurídica, quizás no autónoma, pero con independencia dogmática. Dicha complejidad abarca entre otros, aspectos administrativos, tributarios, civiles y comerciales, que son el objeto de estudio del presente libro."
Este libro será sin duda un manual de consulta para quienes ya están ejerciendo, así como la lectura obligada para los estudiantes de la materia Derecho de Turismo, la cual es dictada por el Dr. Facal hace 7 años a un importante número de estudiantes a pesar de su carácter optativo.
El Prólogo del libro fue redactado por dos importantes catedráticos, los Doctores Alejandro Miller y Roque Molla. Tomamos un pasaje de cada uno de ellos.
El Dr. Molla, cita a la Dra. Aída Kemelmajer de Carlucci en Argentina (El contrato de servicios turísticos. Revista de Derecho Privado y Comunitario.2005-2.Rubinzal –Culzoni, pág.21 y sgtes.) “…es imprescindible tener en claro las múltiples y complejas relaciones que se generan en todas las ramas del Derecho , principalmente, el Derecho Constitucional, Administrativo, Civil, Comercial, Ambiental, Fiscal, Internacional Público y Privado. También el Derecho Comunitario está especialmente interesado, pues los servicios turísticos requieren libre circulación en la región integrada. Más aún, no faltan conexiones con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.”
Por su lado, el Dr. Miller resalta el concepto que coloca al turismo "como actividad y como derecho humano.... Sea éste desarrollado por razones de ocio, de salud tanto mental como física, por cultura o educación, o bien por todas ellas juntas. Un derecho que es dable calificar de “humano” ya que, conforme a ALEXY, un derecho será humano si reúne cinco características, a saber: su carácter universal al ser inherentes a toda persona como tal; el ser fundamental por representar un interés y una necesidad básica; abstracto en su contenido por tanto admite múltiples elementos en su definición como lo precisa este Manual; con una moralidad de manera tal que ha de valer como derecho si puede ser fundado a través de una justificación racional y en este caso lo es; y finalmente como derecho cuenta con una prioridad lo que significa que toda interpretación positiva debe adecuarse a este derecho y no la inversa. El derecho al turismo como derecho humano de tercera o cuarta generación reúne todos estos componentes. Por eso su importancia y la de su estudio analítico como nos propone este Manual."
Este Manual aborda la temática legal de todos los actores: Estado, hotelería, agentes de viajes, transporte de pasajeros cualquiera sea el medio, alquileres de vehículos sin chofer, inmobiliarias, aeropuertos, y lo más importante, los turistas.
El índice del libro puede ser consultado AQUÍ.
El mismo autor hace poco más de un año había presentado el "Manual de Derecho Hotelero", una publicación de la AHRU (Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay).
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