Menudo alboroto (y alerta) crea la reforma a la Ley de Aviación Civil en México
Jueves, 27 Abril 2017 15:05

Menudo alboroto (y alerta) crea la reforma a la Ley de Aviación Civil en México

Recientemente la Cámara de Diputados mexicana aprobó reformas a la Ley de Aviación Civil por las cuales las aerolíneas estarán obligadas a compensar retrasos de 1 a 4 horas y a devolver valor íntegro de boleto en caso de cancelación, además de una indemnización del 25%. De acuerdo con una nota informativa de la Cámara, el dictamen surgió de 16 diferentes iniciativas presentadas por los distintos partidos políticos. Los diputados aprobaron el documento en lo general por unanimidad, con 422 votos a favor.

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Según informa SDPnoticias.com ahora, las aerolíneas estarán obligadas a informar el precio final del viaje de interés desde el inicio de cualquier operación, sin imponer algún tipo de cargo adicional. Además, el usuario que haya adquirido pasaje de conexión, o de ida y vuelta, podrá completar cualquiera de los vuelos, pese a haber perdido alguno de ellos. En cuanto a las compensaciones, el documento  establece que si existe retraso en relación con la hora de salida estipulada en el boleto y la causa es atribuible a la aerolínea, el pasajero será indemnizado y/o compensado por el proveedor del servicio, de acuerdo los criterios registrados por cada empresa ante las autoridades federales. Cuando la demora sea menor a 4 horas, el pasajero podría tener acceso a comida y bebidas.

Cuando la cancelación de un vuelo sea responsabilidad de la empresa prestadora del servicio, ésta, a elección del pasajero, deberá reintegrarle el precio del boleto, ofrecerle transporte sustituto en el primer vuelo disponible o transportarle en una fecha posterior de su conveniencia. Si el pasajero decide seguir con la cancelación, tendrá acceso a una indemnización del 25 por ciento del costo de boleto. El pasajero podrá solicitar la devolución de su boleto en caso de que decida no efectuar el viaje, siempre y cuando lo comunique al permisionario o concesionario en el lapso de 24 horas contadas a partir de la hora de la compra del boleto. Pasado este plazo, el concesionario o permisionario determinará las condiciones de la cancelación. Para vuelos nacionales e internacionales, el pasajero podrá transportar como mínimo y sin cargo alguno, 25 kilogramos de equipaje cuando los vuelos se realicen en aeronaves con capacidad para 20 pasajeros o más, y 15 kilogramos cuando la aeronave sea de menor capacidad. Además, el pasajero podrá llevar en cabina hasta dos piezas de equipaje de mano. Las dimensiones de cada una serán de hasta 55 centímetros de largo por 40 centímetros de ancho por 25 centímetros de alto, y el peso de ambas no deberá exceder los 10 kilogramos.
En Veranda, su columna de Dinero en Imagen, el analista Carlos Velázquez dice que la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA) instó a las autoridades mexicanas a replantear el proyecto de ley, pues “mermaría la competitividad del transporte aéreo en México y encarecerá los boletos de avión en el país”.

“En un supuesto afán de proteger a los pasajeros, o quizá simplemente para obtener réditos políticos, un grupo de legisladores ha propuesto una legislación draconiana que aleja a México de los estándares establecidos en el transporte aéreo a nivel global. Si prospera y se convierte en ley, encarecerá el transporte aéreo para los pasajeros en México y reducirá sus opciones tanto de destinos como de la variedad de tarifas y servicios que ahora dispone el público viajero”, dijo Peter Cerdá, vicepresidente Regional de las Américas para IATA. En muchos lugares del mundo hemos visto, abundó, que cuando los gobiernos establecen un marco regulatorio diferente al establecido a nivel internacional, los pasajeros y la industria sufren.

Con realismo puro, Velázquez remata su artículo diciendo: "Argumentos difíciles de entender para los pasajeros que han padecido el mal servicio y los abusos de las aerolíneas; pero si esta reforma sigue adelante el gran momento de la conectividad aérea en México se puede ir al caño."

Analizando el punto desde nuestra vitrina austral, creemos que tratar temas como éste públicamente, se convierte en una empresa muy compleja dadas las diferencias reales en cuanto a cantidad y calidad de información entre los consumidores (pasajeros) y los prestadores (aerolíneas) pero sobremanera, por diferencias de intereses de cada una de las partes.

Tal vez se esté aproximando el momento de la generación de algún ámbito supra a nivel internacional que pueda hincarle el diente  a un estado de cosas que en el actual contexto está liberado exclusivamente al mercado y mientras tanto, va desgastando a usuarios y a prestadores.

Tenemos muy claro que por un lado, el pasajero en la actualidad sumados los problemas que por ejemplo tomaron los diputados aztecas para la sanción de la ley que nos ocupa, a los de la prevención de seguridad a nivel global, es la víctima perfecta del sistema, con un agregado coyuntural exacerbado como el del overbooking y las represivas acciones de algunas aerolíneas para solucionar los eventuales (y cada vez más frecuentes) daños colaterales de un vicio ancestral de las mismas.

Pero no podemos dejar de reconocer que de no existir reglas convencionales relacionadas a demoras, cancelaciones, presentación, equipajes, etcétera, la endeble relación costo-beneficio del negocio reduciría de modo insospechado la oferta de transporte aéreo en el mundo entero.

Como en todos los órdenes de la vida, creemos que la gran tarea es encontrar el punto exacto y que la soga no se tense en demasía para ninguno de ambos extremos.

Portal de América


  

 

 

 

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