El Tribunal de Apelaciones en lo Penal, reconoce que se conculcaron los derechos de Campiani, Hirsch y Demalde, al impedirles diligenciar pruebas ofrecidas por sus defensas. Los abogados defensores de los ex directores de Pluna S. A., solicitaron en la causa penal en que fueron procesados, el diligenciamiento de distintas pruebas, en especial la que acredita que los cheques entregados a Ancap fueron pagos y por tanto quedaría derrumbado el principal argumento en base al que se les encausó penalmente, a lo que el Ministerio Publicó no se opuso. La jueza de crimen organizado no accedió al diligenciamiento de tales probanzas, basándose en supuestas omisiones de las defensas de los imputados, lo que fue rechazado de plano en ocasión de la apelación de tal resolución judicial. El pasado día 15 de este mes de junio, el Tribunal de Apelaciones en lo Penal, en sentencia redactada por el Ministro Doctor Sergio Torres Collazo, revocó la decisión de primera instancia acogiendo el agravio de los defensores, por lo que se diligenciarán las probanzas ofrecidas oportunamente, ya que se puso en riesgo el debido proceso a que tiene derecho todo enjuiciado.
por Sergio Antonio Herrera, desde Salinas, Uruguay - @DelPDA
En todo momento, desde que comenzó "el Caso Pluna", hemos sostenido que Campiani, Hirsch y Demalde cometieron algunos errores en la conducción de Pluna pero ningún delito.
Durante todo este tiempo hemos recibido bastante agravios, directos e indirectos, entre otras acciones que algún día saldrán a la luz.
A través de estos años hemos sostenido que defendíamos solamente nuestra teoría.
En nuestro libro Pluna, el riesgo de volar alto, contamos toda la verdad, bastante más de lo que se está comenzando a confirmar.
Ampliaremos.
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