Acerca del tema que involucra al Agente General de Carnival en Uruguay
Martes, 06 Julio 2010 11:04

Recibimos de parte del abogado que asesora a los demandantes de Carnival  una carta que publicamos. Lo hacemos, porque nos gusta practicar lo que pregonamos: la transparencia y la independencia en la información y no por otras causas. En el artículo editorial de esta edición, nos referimos a ésta y otra situación que nos ha tocado vivir en estos días.
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Montevideo, 5 de julio de 2010

Sr.

Sergio Antonio Herrera

VIA E - MAIL

 

De mi consideración:




Habiendo resultado infructuosos mis esfuerzos por hacerle llegar personalmente una carta, me veo en la necesidad de utilizar este medio para comunicarme con Ud.

              A consecuencia de referencias atribuibles a Ud. realizadas en Portaldeamérica.com. me veo en la necesidad de dirigirme a Ud.  en mi calidad de abogado de la parte actora en los procedimientos judiciales vinculados a CARNIVAL CRUISE LINES.-

                     En primer lugar, rechazo enérgicamente el intento realizado en su nota, a través de una aviesa utilización de los signos de interrogación, de intentar poner en duda la calidad de “gente” de mis clientes, sólo porque los mismos han ejercido su derecho a tratar de obtener una resolución judicial tendiente a que se les indemnicen los daños y perjuicios que les causó una defectuosa ejecución por parte de CARNIVAL CRUISE LINES de dos contratos de transporte de pasajeros por mar.-

              En segundo lugar, le señalo que no es en general prudente que se difunda información respecto de procedimientos judiciales que se encuentran en trámite, especialmente cuando la fuente es un interesado directo, ya que ello podría constituir un medio indebido de pretender incidir en el desarrollo de un proceso que está sometido todavía a la resolución de los jueces.- Lamentablemente, el contenido de la nota atribuida a Ud. me obliga a formular las precisiones que a continuación formulo.-

              Su afirmación, formulada en tono terminante, de que CARNIVAL debió haber sido demandada en Miami es contraria a expresas normas legales uruguayas.- Tal como se ha establecido por sentencia firme de segunda instancia en el expediente promovido por mis clientes, CARNIVAL fue válidamente demandada y emplazada en el Uruguay.-

              Desde el punto de vista de los hechos, debo señalarle que

su nota reposa sobre un error básico que consiste en afirmar que antes de desembarcar se informó a los pasajeros que el buque conservaba un horario propio, que difería en una hora con el del puerto en que el buque se encontraba atracado.- En tal sentido, Ud. podría consultar con provecho la hoja que se les proporcionó a los pasajeros el día del arribo a Cozumel, que obviamente se encuentra agregada a los expedientes administrativos y judiciales, en la cual nada se informó a los pasajeros al respecto.-

              Como lamentablemente, previamente a la publicación de la nota no se verificó la veracidad de los hechos suministrados por un interesado,debo señalar además las siguientes inexactitudes: a) Contrariamente a lo afirmado por Ud. CARNIVAL no abonó a mis clientes la noche en un hotel de Cozumel, únicamente se hizo cargo de una noche de hotel en  Kingston, Jamaica; b) Contrariamente a lo afirmado por Ud. CARNIVAL no abonó, ni reembolsó el costo de los pasajes de avión de Cozumel a Ocho Ríos.- Mis clientes debieron viajar, siempre a su costo, por ferry a Playa del Carmen, de allí, por vía terrestre a Cancún, donde debieron – siempre a su exclusivo costo - tomar un avión a Miami con la finalidad de tomar un nuevo vuelo hasta Georgetown, en las Islas Cayman, donde debieron pernoctar en un hotel, y luego, un nuevo vuelo de Georgetown a Kingston, en Jamaica.- c) Contrariamente a lo afirmado por Ud. CARNIVAL únicamente se hizo cargo del tramo aéreo de Georgetown, Cayman Islands a Kingston, Jamaica, de una noche de hotel en ese punto y del transporte por vía terrestre de esa ciudad a Ocho Ríos; d) Contrariamente a lo afirmado por Ud. es inexacto que mis clientes no estuvieron a bordo del buque durante un día.- Los mismos se vieron privados de estar en el buque desde la noche del siete de junio y hasta las cuatro de la tarde del diez del mismo mes; e) Contrariamente a lo afirmado por Ud. la línea no les  reconoció a mis clientes ningún crédito en dinero, sino que únicamente les ofreció un crédito a ser utilizado exclusivamente en consumos a bordo de un buque de la misma línea.-

               Confiando en que con el fin de dar a sus lectores una visión más ajustada de los hechos Ud. dará a la presente la misma difusión que le ha dado a la otra versión, lo  saluda

 

CARLOS E. DUBRA

      ABOGADO
 

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