Esta vez la nota la está dando el personal de Intercargo
Jueves, 04 Enero 2018 00:08

Esta vez la nota la está dando el personal de  Intercargo

“Los sindicalistas desoyeron la conciliación obligatoria y las demoras en los vuelos son cada vez mayores. Los pasajeros que vuelan por Ezeiza y Aeroparque están obligados a esperar entre tres y cuatro horas para recibir sus equipajes por una medida de fuerza de gremialistas de la estatal Intercargo”. www.infobae.com

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por  Luis Alejandro Rizzi, desde Buenos Aires

 

Intercargo es una empresa estatal cuyo funcionamiento deja mucho que desear, y salvo los casos de Aerolíneas Argentinas y American Airlines que tienen handling propio, las demás están obligadas a operar con ella en todo el pais.

 

En materia de transporte aéreo el Ministerio de Transporte sigue acumulando deudas y una de ellas es la del Handling, que con las excepciones señaladas, todas las empresas son sus clientes cautivos.

 

Vanamente se esperaba que se liberalice la actividad, pero como ocurre con las tarifas mínimas, el Ministerio de Transporte aun no se animó pese a que un  “ironman” es su titular.

 

Lo cierto es que parecería que los gremios aeronáuticos tienen una suerte de fixture para generar molestias sorpresivas a los usuarios, y esta medida de fuerza, negada por los representantes gremiales, impacta esencialmente en Ezeiza que es la principal puerta de ingreso y egreso al país. Las demoras están llegando a las cuatro horas y es sabido que las tripulaciones de vuelo son afectadas por esta suerte de “tiempo muerto”, ya que impacta en los tiempos de servicio. En la jerga decimos que “se vencen” y por tanto los vuelos se deben   demorar o cancelar.

 

Lo primero que llama la atención es que aún no se hayan legislado sanciones graves para todo tipo de acción directa gremial que interrumpa servicios públicos esenciales, sin previo aviso.

 

Lo segundo es que  se debe reglamentar con precisión  el modo y la forma en que se deben disponer medidas de acción directa y anticipación con la que deben ser notificadas a la población.

 

Lo tercero, que el derecho de huelga por disposición constitucional y legal es un derecho de las asociaciones sindicales, por tanto toda medida de acción directa dispuesta por delegados y autoridades gremiales, sin cumplir un procedimiento previo es ilegal y  debería ser materia de sanción por parte de la autoridad de aplicación y judicial según los casos.

 

En el caso que analizamos el Estado no ha logrado ejercer su autoridad ya que se habría desconocido  el procedimiento de “conciliación obligatoria” por parte de la ASOCIACIÓN DE PERSONAL AERONÁUTICO que agrupa al personal de INTERCARGO.

 

Asimismo se debe reconocer que para casos en los que se afecte el bien común, debería legislarse un procedimiento de “arbitraje obligatorio”.

 

La causa del presente conflicto seria el descuento hecho por la empresa como consecuencia del paro de los días 18 y 19  de diciembre pasado que afectó otros rubros salariales.

 

Este tipo de conflictos, por cierto habituales, son una prueba del estado de anomia institucional que nos toca vivir, pero a su vez demuestra que es necesario implementar nuevos tipos de gestión que hagan comprender al personal y a la gente en general el costo que tiene cada derecho por el que se reclama.

 

A su vez, el perjuicio que causa a la sociedad cada medida de acción directa dispuesta por cualquier motivo.

 

En el caso debería existir una vía judicial sumaria que resuelva en un muy breve plazo, si el descuento de marras tuvo o no sustento legal.

 

En Argentina estamos acostumbrados a resolver nuestros conflictos a los empujones y en general los “forzudos” son los que menos razón tienen…pero la fuerza pesa…

 

Alguna vez deberemos cambiar…

 
Portal de América

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